Domingo, Diciembre 22, 2024
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[El País]

El Tribunal Supremo ha echado abajo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de la televisión autonómica de Murcia, que provocó el despido de 28 trabajadores. La sentencia anula el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia y considera "no ajustado a derecho" el despido colectivo. Se produjo tras una negociación con la empresa "viciada y desleal", ya que no se sustentaba en las causas económicas alegadas por la empresa.

En este sentido, el alto tribunal recalca que lo que trasluce el ERE es "una reestructuración del servicio, intuyéndose para un futuro próximo una externalización del servicio, medidas en modo alguno comunicadas a la representación de los trabajadores".

Tras el despido colectivo no se aprecia, dice la sentencia, una verdadera causa económica, sino "la intención de reestructurar y reorganizar todo el ente; ente que, por otra parte, al ocuparse de la prestación de un servicio público, no puede regirse exclusivamente por criterios de rentabilidad".

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[El Confidencial]

Primero fue el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), luego el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo y ahora la Audiencia Nacional. La sección séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado la apelación interpuesta por la Corporación RTVE para seguir ocultando los gastos del festival de Eurovisión 2015. Es la segunda sentencia judicial que obliga en virtud de la Ley de Transparencia a publicar los costes desglosados en los que incurrió la cadena por la participación de la cantante Edurne en el festival europeo de la canción, si bien RTVE todavía puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.
El fallo admite de nuevo, tal y como hicieron anteriormente el CTBG y el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, que “la solicitud de información solicitada a la CRTVE, y que dicha corporación niega alegando intereses económicos y comerciales, es una información de carácter público”. La Audiencia Nacional abunda en este aspecto al señalar que la corporación “se nutre de los Presupuestos Generales del Estado y de tributos de entidades privadas, y por tanto de carácter público. Y las cantidades asignadas a la CRTVE pueden ser objeto de información a los ciudadanos”.

Sentencia Audiencia Nacional

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[El País]

El Tribunal Supremo ha echado abajo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de la televisión autonómica de Murcia, que provocó el despido de 28 trabajadores. La sentencia anula el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia y considera "no ajustado a derecho" el despido colectivo. Se produjo tras una negociación con la empresa "viciada y desleal", ya que no se sustentaba en las causas económicas alegadas por la empresa.

En este sentido, el alto tribunal recalca que lo que trasluce el ERE es "una reestructuración del servicio, intuyéndose para un futuro próximo una externalización del servicio, medidas en modo alguno comunicadas a la representación de los trabajadores".

Tras el despido colectivo no se aprecia, dice la sentencia, una verdadera causa económica, sino "la intención de reestructurar y reorganizar todo el ente; ente que, por otra parte, al ocuparse de la prestación de un servicio público, no puede regirse exclusivamente por criterios de rentabilidad".

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La televisión pública no puede ser una televisión gubernamental


Sobre el papel Alemania es el país europeo en el que mejor se garantiza el pluralismo social en los órganos de gobierno y gestión de la readiotelevisión pública.

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La frase maldita de la pasada semana – “garantía de viabilidad” - la pronunció el portavoz de la Comunidad de Madrid al celebrar la sentencia del Tribunal Supremo declarando el ERE, que despide al 74 % de la plantilla de Telemadrid (861 trabajadores), como improcedente. El victorioso portavoz se refería al “éxito” del Gobierno del PP de haber conseguido que no fuera declarado nulo, en cuyo caso el Presidente Ignacio González ya había advertido que cerraría el canal, emulando la siniestra gesta del Canal Nou valenciano del pasado 29 de Noviembre.

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