La financiación del servicio público debe ser suficiente, sostenible y transparente para mantener el servicio público y sus misiones y para afianzar su legitimidad ante la sociedad española. Como en el modelo aplicado en toda Europa, esa financiación puede ser mixta (proceder de diferentes fuentes) siempre que el dinero público sea mayoritario y garantice la supervivencia y la competitividad del servicio público para mantener su peso social (ICR, 2005, págs. 155-159).
Debemos tener en cuenta que el sistema de canon finalista abonado por todos los hogares con acceso, sigue reinante en muchos países occidentales, pero está siendo crecientemente contestado por su carácter fiscalmente regresivo (igual para todos, cualquiera sea su capacidad adquisitiva) en tiempos de desigualdad creciente.
Además, en la Era Digital, se verifica la cada vez mayor imposibilidad tecnológica de discriminar a los hogares que reciben televisión (todos potencialmente por muy diversas terminales). A ello se suma que en España este sistema –que exige una alta cultura ciudadana de servicio público- hace ahora más inviable su imposición, dada la degradación en los últimos años de la oferta de la televisión pública y la consiguiente falta de experiencia de los ciudadanos españoles ante lo que realmente significa el servicio público, sus misiones legítimas, su oferta adecuada y su trascendencia social.
También, y de acuerdo con la doctrina europea, esta financiación no debe exceder el coste neto de las misiones de servicio público especificadas y cuantificadas en cada contrato-programa.
Por esos motivos proponemos:
- La financiación pública debe ser plurianual para permitir la planificación estratégica del servicio público, y estará establecida en los contratos programa trienales, con compromisos fehacientes del Estado. Ni la Corporación RTVE ni las RTV.AA. podrán en ningún caso contraer endeudamientos financieros a medio y largo plazo.
- La financiación pública tiene que ser suficiente para sufragar el servicio público y debe ser asumida en los Presupuestos Generales, de forma transparente y conocida.
- La primera fuente para asumir este coste debe venir de la totalidad de la tasa abonada por los operadores privados por el uso de un bien público inalienable como es el espectro de frecuencias, y ello tanto en el ámbito estatal como en las frecuencias limitadas a cada autonomía (regionales o locales). Las considerables cantidades de dinero recaudas por el Estado en los últimos años por el llamado "dividendo digital", trasvase de las frecuencias de radiotelevisión a la telefonía 3G y 4G, deben permitir costear tanto la inversión extraordinaria del servicio público en la transición digital como la lucha por eliminar la fractura digital en nuestra sociedad (exclusión de la banda ancha vital para una ciudadanía con acceso universal a los nuevos servicios).
- Pero si se quiere mantener el carácter pedagógico del canon europeo por hogar, cuya función finalista era justamente la conciencia de los ciudadanos sobre la trascendencia transversal del servicio público, hay fórmulas novedosas que han comenzado a ponerse en marcha como en Finlandia1 . Este país ha sustituido el anterior canon por una tasa escalonada en proporción a los ingresos de cada ciudadano, eliminando así la insoportable regresividad de este impuesto que penalizaba a los hogares de menores ingresos.
- En España, donde nunca ha existido un canon según el modelo europeo, una posibilidad atractiva sería que en cada declaración de IRPF se insertara una casilla informativa que calculara automáticamente y explicitara la cantidad que cada contribuyente destina al servicio público de comunicación en función de sus ingresos (calculada sobre el total de aportación del dinero público al servicio público). Sin que implicara ningún incremento de la presión fiscal, los ciudadanos exentos de declaración sabrían que están exentos asimismo de esta contribución, pero los restantes serían conscientes del valor y el coste del servicio público y de su contribución progresiva a su mantenimiento, es decir de su capacidad de exigencia como ciudadanos de un auténtico servicio público de comunicación social.
- Tal fórmula, no meramente técnica sino también pedagógica y que ahorraría además el coste suplementario de recaudación del canon estatal, permitiría asimismo que los Gobiernos y Parlamentos autonómicos que lo consideren necesario, puedan incluir en su parte de la declaración una casilla similar dedicada al coste del servicio público en su territorio, igualmente evaluada proporcionalmente a los ingresos y calculada en función de la aportación total del presupuesto autonómico al servicio público propio.
1 Desde 2013, el canon tradicional pagado por hogar para financiar a la radiotelevisión pública (Finnish Broadcasting Corporation) ha sido sustituido por una tasa por individuo en función de sus ingresos (Yle's tax): están exentos los menores de edad y quienes ganen menos de 7.813 euros; el resto de los ciudadanos paga entre 50 y 140 euros, graduados según el total de sus ingresos anuales.