Sin embargo, en abril de 2012, el gobierno de Mariano Rajoy decidió que era necesario llevar a cabo algunas modificaciones en cuanto a la composición y la designación de sus miembros con el fin de garantizar “un funcionamiento más eficaz”. Para ello promulgó el Real Decreto-ley 15/2012, que supuso la reducción del número de miembros del Consejo de Administración de la Corporación RTVE de doce a nueve, siendo dos de ellos los elegidos a propuesta de los sindicatos más representativos. Pero además se incluía la reforma del sistema de designación, de modo que si no se lograba la mayoría de dos tercios para la elección de los miembros del Consejo de Administración en la Cámara correspondiente, la votación se repetiría transcurridas veinticuatro horas y cada Cámara elegirá entonces, por mayoría absoluta, a los consejeros que les corresponda.
Para designar al Presidente del Consejo de Administración se aplicaría un mecanismo similar.
La Ley 5/2017, de 29 septiembre, cambió de nuevo el régimen jurídico aplicable para el nombramiento de un nuevo Consejo de Administración de la Corporación RTVE y de su Presidente, tras un año de presiones y movilizaciones. Todos los diputados presentes en la votación del Congreso se sumaron a la hora de votar afirmativamente el proyecto de Ley.
El Consejo quedaba fijado ahora definitivamente en diez miembros (seis por el Congreso y cuatro por el Senado), todos ellos personas con suficiente cualificación y experiencia profesional, respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición. Se desestiman, pues, tanto la propuesta del Grupo Podemos de volver a 12 miembros, recuperando a los dos representantes sindicales, como la del Grupo Popular de mantener la disminución a nueve consejeros.
De nuevo se incluye que, tras la comparecencia de los candidatos ante la Comisión de Nombramientos para constatar la idoneidad para el cargo, éstos se elegirán por mayoría de dos tercios. Para salvar la posibilidad de falta de acuerdo, se decide que, si en una primera votación no se alcanzare la mayoría de dos tercios, estos podrán ser elegidos por mayoría absoluta en votación posterior efectuada en un plazo no inferior a quince días y siempre que su candidatura hubiera sido propuesta por, al menos, la mitad de los grupos parlamentarios de la Cámara que corresponda.
Lo interesante fue que en esta ley se incluyó una disposición transitoria en la que se establece que Congreso y Senado deben aprobar una normativa que contemple la selección de los miembros del Consejo de Administración (y del presidente) por concurso público. En el nuevo procedimiento se constituirá un comité de expertos designados por los grupos parlamentarios que evaluará a los candidatos. Dicho Comité tendrá que hacer públicos sus informes de evaluación, que luego serán remitidos a la Comisión De Nombramientos donde existirá la correspondiente audiencia de los candidatos.
Recordemos que ya en el informe de 2005 del conocido como Comité de Sabios se incluía que el Director General debería ser elegido por el Consejo de Administración, por mayoría de dos tercios de sus miembros, tras un concurso público de candidatos, de acuerdo con unos plazos y procedimientos. Doce años después se incluía la idea del concurso que no se incluyó en la ley de 2006.
Un consenso imposible
Pero pronto se vio la demora en el cumplimiento de los plazos previstos y el embrollo jurídico al que ha condujo una redacción precipitada de esta ley. Ante ello, asistimos incluso a la pretensión del PSOE de que la Mesa del Congreso de los Diputados convocara un Pleno para elegir un presidente por consenso. Dicho en otras palabras: volver inmediatamente y sin tener en cuenta ningún plazo al sistema imperfecto del 2006, pero contando con el apoyo de otros dos grupos parlamentarios. De un proceso de libre concurrencia se pasaría al reparto de cuotas parlamentarias decididas por los respectivos partidos para el Consejo de Administración y al difícil consenso sobre el candidato menos rechazado para la presidencia.
Justo hace ahora un año, y de nuevo tras varias denuncias de colectivos sociales y trabajadores de RTVE, hubo una presentación pública de un acuerdo entre los grupos de Podemos, PSOE y Ciudadanos, para desarrollar por fin el procedimiento de concurso público en la elección del Presidente y del Consejo de Administración de RTVE. Pero de nuevo el sinnúmero de informes solicitados a los letrados de las Cortes por parte de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado y la actitud claramente “filibustera” del Partido Popular, utilizando su posición de mayoría absoluta en la Mesa del Senado, condujeron al bloqueo de la ejecución y puesta en práctica de la Ley.
En el primer borrador, consensuado y firmado por las principales fuerzas parlamentarias (salvo el PP), el 3 de abril de 2018, se especificaba que:
Las candidaturas deberán acompañarse de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previstos, de los currículum vítae de las personas presentadas o propuestas. Así mismo deberán adjuntar un proyecto para RTVE en él para que cargo lo presentan, Consejero o Presidente, debiendo ser en los candidatos a la presidencia, un proyecto de gestión vinculante para todo el mandato que pasaría a formar parte del contrato programa, en el caso de ser elegido para el cargo.
El Comité de Expertos haría una preselección con los que son, a su criterio, las personas más idóneas para los puestos vacantes junto con un informe de evaluación de su idoneidad. En dicho informe se valorarán de forma individual y motivada los siguientes méritos:
a) Formación superior en el ámbito de la comunicación.
b) Ejercicio profesional del periodismo escrito, gráfico o audiovisual.
c) Experiencia profesional en la Corporación RTVE o en sus sociedades.
d) Experiencia profesional en otros medios de comunicación de carácter público o
privado.
e) Desarrollo de funciones de administración, alta dirección, control o asesoramiento, o de similar responsabilidad en entidades del sector de la comunicación.
f) El proyecto de gestión presentado teniendo en cuenta si este se presenta para
la vacante a Consejero/a o a Presidente/a.
g) Otros méritos relevantes de carácter profesional, docente o de investigación en
ámbitos relacionados con la comunicación.
Pero el proceso seguía sin arrancar y naufragaba en los despachos del Congreso y Senado. Fueron los meses de los “viernes de negro”, de la presentación de una queja ante el Comité de Peticiones del Parlamento Europeo y de la movilización de mujeres de RTVE. Para complicar más la situación, el entonces presidente de RTVE, José Antonio Sánchez, anunciaba la expiración de su mandato el 22 de junio, con lo cual sólo podría seguir ejerciendo sus funciones de consejero.
Cambio de gobierno
Un acontecimiento inesperado trastocó todo el panorama político: una moción de censura contra Mariano Rajoy es registrada por el Grupo Socialista el 25 de mayo, después de que la Audiencia Nacional sentenciara que el Partido Popular (PP) se había beneficiado del esquema de sobornos ilegales para contratos del caso Gürtel. El 1 de junio siguiente cae el gobierno del Partido Popular, aunque sigue siendo el partido con más escaños en el Congreso y conserva la mayoría absoluta en el Senado.
Entonces, y solo entonces, el Partido Popular se suma a la propuesta de concurso público tras casi nueve meses de parálisis, puesto que la reforma legal que exigía el consenso para la designación de la cúpula de RTVE entró en vigor el 1 de octubre. Pero aquí aparece un nuevo documento que corregía las “deficiencias” que los letrados de las Cortes habían advertido tras estudiar a fondo el borrador impulsado por PSOE, Unidos Podemos y Ciudadanos y respaldado por el resto de los grupos de la oposición.
En este documento ya no hay distinción entre candidatos a Consejo y Presidencia, todos tienen que presentar proyecto de gestión, se mantienen criterios de valoración y la elaboración por los expertos de un informe de evaluación acerca de la idoneidad de los solicitantes, junto con una relación de los mismos en función de la puntuación obtenida.
Pero el nuevo Gobierno socialista tiene otra hoja de ruta y el 22 de junio el Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto Ley por el que se decide un nuevo régimen jurídico aplicable a la designación del Consejo de Administración de la Corporación RTVE y de su presidente.
De modo similar a lo que hizo Mariano Rajoy en 2012, se argumenta que para desbloquear la situación institucional en la que se encuentra actualmente la Corporación RTVE, es necesario un real decreto ley que establece una serie de modificaciones en la elección de los miembros del Consejo de Administración y del Presidente, con el fin de resolver la situación.
El Real Decreto-ley tiene un artículo único en el que se prevé un procedimiento urgente para que las Cámaras elijan a los 10 consejeros de Corporación RTVE, de modo que, en quince días, el Congreso tiene que elegir seis consejeros y el Senado cuatro. En ese plazo, el Congreso deberá elegir también al presidente. La mayoría requerida en ambos casos será de dos tercios en la primera votación y mayoría absoluta 48 horas después, siempre que la propuesta de candidatura proceda de al menos la mitad de los grupos parlamentarios de la Cámara. El mandato de estos consejeros finalizará cuando sean nombrados los nuevos consejeros por el procedimiento del concurso que se pone en marcha de modo paralelo.
Sin embargo, el Real Decreto-ley incluía la salvedad de que, si no se hubiera procedido a la elección de los consejeros en los plazos previstos, el Gobierno propondría el nombramiento de un administrador provisional único para la Corporación. La elección requería la obtención de la mayoría de dos tercios en primera votación en el Congreso y, en el caso de no alcanzarse dicha mayoría, la propuesta sería sometida de nuevo al Pleno y la mayoría necesaria sería ya solo la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.
El administrador provisional único se encargaría de la administración y representación de la Corporación hasta que se produjeran los nombramientos de los consejeros por concurso público.
El PP presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional y el portavoz de dicho partido en la Cámara Baja, Rafael Hernando afirmó: "Es un decreto bolivariano redactado por Podemos".
El Congreso convalidó el Decreto-ley con el apoyo de 179 diputados del PSOE, Unidos Podemos, ERC, PDeCAT, PNV, Compromís, UPN, Nueva Canarias (NC) y Coalición Canaria (CC). Sólo el PP, Ciudadanos y Foro Asturias votaron en contra.
A la búsqueda de nombres
En pleno mes de julio comienzan las votaciones en Congreso y Senado casi a contrarreloj, pero hay peleas subterráneas que afloran. En las primeras votaciones, ERC condiciona su apoyo a que el Gobierno se abra a un diálogo “sin condiciones ni renuncias” de las partes en Cataluña. Ciudadanos abandona la votación por considerarla una “cacicada” y la propuesta del PSOE, Unidos Podemos y PNV recibe 150 votos a favor; la del PP, 128; y 27 diputados votan en blanco. El Gobierno empieza a ver nubarrones muy oscuros en su proyecto, panorama que se confirma en el Senado. La elección de los cuatro miembros del Consejo de administración de RTVE que correspondía designar a la Cámara Alta también fracasa. La candidatura propuesta por el PP obtiene 142 votos mientras que la presentada por los socialistas, Podemos y PNV recibe 85. Recordemos que para ser elegidos era necesario que obtuvieran el respaldo de dos tercios de la Cámara.
En la segunda vuelta de las votaciones, el Congreso elige los seis consejeros que le corresponden, al lograr el Gobierno el respaldo de la mayoría de la Cámara Baja, tras el acuerdo suscrito por su partido, el PSOE, más Unidos Podemos, el PNV, el PDeCAT y Compromís, al que se ha sumado ERC después de que Pedro Sánchez haya aceptado introducir el derecho a decidir en el orden del día de su reunión con el presidente de la Generalitat, Quim Torra. Fueron 177 votos a favor de la lista consensuada, 131 votos nulos (en los que se incluyen los de la lista del PP porque no partían con el apoyo de los cuatro grupos necesarios en esta segunda vuelta) y 3 votos en blanco. Los efímeramente elegidos fueron el previsible futuro presidente de RTVE, Tomás Fernando Flores (Director de Radio 3); Rosa María Artal, extrabajadora de RTVE; Cristina Fallarás; Víctor Sampedro, catedrático Opinión Pública y Comunicación Política; Juan José Baños Loinaz, director del diario Deia; y Concepción Cascajosa.
Al no alcanzarse acuerdo suficiente en el Senado tras dos votaciones, el decreto-ley preveía que el Congreso de los Diputados podría, excepcionalmente, proceder a la elección de los cuatro consejeros restantes. Y aquí saltó la sorpresa. El error de dos diputados al votar y la ausencia de otros dos provocó un revés parlamentario para el nuevo Gobierno. ¿O no? Ahora el Gobierno debía proponer un administrador único, que sería nombrado por la Cámara. Para elegir a dicho administrador se necesitan las mismas mayorías: dos tercios en primera votación y mayoría absoluta en segunda, que se produciría en el plazo mínimo de 48 horas. Tras los seis plenos celebrados (dos en el Senado y cuatro en el Congreso) en pleno mes de julio serían necesarias otras dos sesiones para nombrar un administrador único al frente de la Corporación.
El 27 de julio, el Congreso de los Diputados aprobó el nombramiento de la locutora jubilada Rosa María Mateo como administradora única provisional de RTVE, al conseguir la mayoría absoluta de los votos: 180 votos a favor, 131 nulos y uno en blanco.
Concurso en marcha
Mientras tanto echaba a andar el concurso público tras la resolución de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 10 de julio, por la que se aprobaban las normas para la renovación de los miembros del Consejo de Administración. Así, la Comisión Mixta de Control Parlamentario de la Corporación RTVE y sus Sociedades, en su reunión del día 27 de julio de 2018, acordó designar como miembros del Comité de Expertos a 17 personas con un perfil acorde con lo previsto: personas de reconocida competencia profesional, docente o investigadora en el ámbito de la comunicación y con experiencia acreditada en el mismo no inferior a diez años.
El 10 de agosto se publica la relación provisional de candidatos admitidos y excluidos con expresión, en su caso, de los motivos de exclusión. Pero ese mismo día se publica el baremo de puntuación que utilizará el Comité de expertos para evaluar. Los principales méritos serán el proyecto de gestión para RTVE que presenten los candidatos, evaluado con hasta 30 puntos. En segundo lugar, la experiencia en administración o alta gestión, con una puntuación máxima de 25 puntos, o haber trabajado en medios de comunicación (con mayor puntuación si es en RTVE), valorado hasta con 20 puntos. El ejercicio profesional del periodismo también era un mérito destacado.
Al haber publicado a la vez las listas y el baremo y con opción a recurrir los excluidos provisionalmente se daba a estos la posibilidad de presentar un proyecto más acorde con los criterios del baremo que al resto que ya estaban admitidos. Poco después hubo un nuevo hecho que sembró dudas sobre el proceso: miembros del comité de expertos protestaron por la admisión de un aspirante, José Manuel Peñalosa, que fue ya consejero del PP, a pesar de no cumplir uno de los requisitos básicos: tener una titulación superior. Curiosamente también se admite la reclamación similar de otro exconsejero: Óscar Pierre Prats. En total quedan 95 candidatos. Parece claro un trato de favor ya que en las bases del concurso se pedía estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Grado o título equivalente. Suponemos que un porcentaje no despreciable de personas ni siquiera se presentó al no cumplir estos requisitos. Para paliar en parte el malestar por esta decisión, se decidió abrir un nuevo plazo extra para que los candidatos admitidos pudieran presentar modificaciones, ampliaciones, sustituciones o reformulaciones de su proyecto de gestión.
Finalmente, el 18 de diciembre de 2018, se publica la evaluación de méritos y proyectos de los candidatos al Consejo de Administración con una lista de 20 finalistas. Contra esta Resolución se podía presentar recurso ante la Mesa de la Comisión Mixta de Control Parlamentario de la Corporación RTVE, que decide con carácter definitivo.
Dadas las fechas, se produjeron las vacaciones parlamentarias y los recursos presentados fueron informados en enero/febrero por los letrados de las Cortes, pero una vez cumplido este requisito, el Gobierno entra en una etapa de inestabilidad tras la no aprobación de los Presupuestos Generales y se disuelven las Cortes en virtud de la aprobación del Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo.
Un panorama incierto
¿En qué fase estamos ahora? La Mesa de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados, en su reunión del día 13 de marzo de 2019, acordó, una vez producida la disolución de la Cámara, la publicación de la relación de iniciativas que se trasladan a las Cámaras que se constituyan en la XIII Legislatura, y entre ellas está el concurso público para la selección de los miembros del Consejo de Administración. Por tanto, una vez se constituyan las Cámaras y se forme la Comisión Mixta de Control de RTVE, está debe decidir acerca de los recursos y si mantiene la selección con los 20 miembros conocidos o la modifica en algún sentido. Dicha Mesa decidirá las 12 personas candidatas al Congreso y las ocho del Senado. Estos pasarán a la Comisión de Nombramientos de cada Cámara donde comparecerán para conocer sus méritos. Estas Comisiones elegirán a seis y cuatro, respectivamente, que se someterán a la votación del Pleno de cada Cámara.
Pero para complicar este incierto futuro, ya que las Cámaras podrían incluso decidir volver a empezar el proceso, Rosa María Mateo (administradora provisional única) anunció en su última comparecencia ante la Comisión Mixta de Control Parlamentario de RTVE que presentará su “dimisión inmediata” cuando se forme nuevo Gobierno tras las elecciones generales del próximo 28 de abril. La puntilla para generar una intranquilidad en toda la empresa que entra de nuevo (si es que había salido) en un nuevo período de incertidumbre e inestabilidad.