Viernes, Marzo 29, 2024
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[Comisión Europea]

La Comisión Europea quiere recabar opiniones sobre las recomendaciones estratégicas del Informe Lamy sobre una estrategia a largo plazo para la futura utilización de la banda UHF (470-790 MHz) con el fin de adoptar una posición sobre el seguimiento que habría de darse a esas recomendaciones.

El informe del presidente del Grupo de alto nivel, Pascal Lamy, analiza cómo debería utilizarse en el futuro el escaso recurso del espectro en la banda UHF de teledifusión.

El informe se centra en una posición coordinada de la UE en las futuras conferencias mundiales de radiocomunicaciones para apoyar el marco europeo.
Propone que en la próxima Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 (CMR-15) la UE no apoye la asignación prioritaria de la banda de 470-694 MHz, que sería el único espectro disponible para la TDT, a los servicios móviles.

En la elaboración de una estrategia a largo plazo para la futura utilización de la banda UHF, la Comisión tendrá en cuenta lo siguiente:

- el Informe Lamy

- las aportaciones del Grupo de política del espectro radioeléctrico

- los estudios de la Comisión

- y las respuestas a la presente consulta.

Todos los cambios en el uso de la banda UHF afectarán al alcance y la calidad de la teledifusión y de los servicios móviles. Podrían suponer en el futuro la adaptación de equipos, como aparatos de televisión. 

Se busca las opiniones de:

los sectores de los servicios móviles y de teledifusión (incluidos los servicios de realización de programas y acontecimientos especiales - servicios PMSE); el sector universitario especializado; los ciudadanos, usuarios de televisión y/o servicios de banda ancha inalámbrica y asociaciones de usuarios.

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El Tribunal General de la Unión Europea (Sala Tercera) ha confirmado este viernes 11 la validez del sistema de financiación de Radio Televisión Española (RTVE) tras la eliminación de la publicidad como fuente de ingreso en el año 2009. Con esta decisión el tribunal desestima los recursos que presentaron Telefónica y Digital+ y confirma que este modelo se ajusta a la legislación comunitaria.

En sus sentencias dictadas este viernes (asunto T-151/11), el Tribunal General desestima ambos recursos en su totalidad. Los fallos rechazan "todos y cada uno de los motivos alegados por Telefónica y Digital+ en sus respectivos recursos, confirmando de este modo la compatibilidad del régimen de financiación de TVE introducido por la Ley 8/2009 con la normativa en materia de ayudas de Estado y, por lo tanto, con el mercado interior", según ha informado el Tribunal.

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Por su interés, reproducimos este artículo de la AUC, de fecha 10 de Junio de 2011

El hecho de que no pueda acreditarse la existencia de remuneración a una cadena no impide que un mensaje comercia puedas ser sea considerado publicidad televisiva, y por tanto estar sometido a las limitaciones legales en el ámbito audiovisual, como la que impide la publicidad encubierta.

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