El pluralismo está consagrado por la Constitución Española, que en su primer artículo asevera que el "pluralismo político" es un "valor superior de nuestro ordenamiento jurídico" junto con la libertad, la justicia y la igualdad.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General 5/1985 (en adelante LOREG) ha regulado el asunto que atiende esta Propuesta Voltaire, la cobertura de campañas electorales en medios de comunicación públicos, pero la norma es incompleta, en tanto que no explicita un sistema que rija los programas informativos durante el periodo electoral. Tan sólo se remite al respeto al pluralismo político y social, esbozando como principios rectores para la información electoral la igualdad, la proporcionalidad y la neutralidad.
Junto a esta ley orgánica, especialmente la Junta Electoral Central -órgano superior de la administración electoral- pero también otras instancias como el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional han ido elaborando una jurisprudencia sobre cómo deben actuar los medios públicos en este asunto.
En todo caso estas instituciones han actuado dictando instrucciones y sentencias tras denuncias (bien sea de partidos políticos, bien sea de colectivos de periodistas) planteadas contra los Planes de Cobertura presentados por los medios en cuestión.
JUSTIFICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE LA PROPUESTA
Antes de comenzar a desarrollar la propuesta quiero aclarar que ésta no pretende ir "contra" la LOREG, puesto que el planteamiento que se va a desarrollar a continuación es completamente compatible con la LOREG. Al igual que nuestra Constitución, la citada ley orgánica es lo suficientemente abierta para permitir propuestas alternativas siempre y cuando éstas, como es el caso, se avengan a respetar una serie de principios rectores.
Tradicionalmente las críticas que han suscitado los Planes de Cobertura se centran en denunciar y proponer la supresión de los bloques electorales por considerarlos antiperiodísticos y perjudiciales para los partidos minoritarios.
La disputa divide a los que apuestan por:
- Utilizar bloques electorales con un tiempo cerrado repartido entre los partidos en función de los votos obtenidos en los anteriores comicios equivalentes: CRITERIO DE PROPORCIONALIDAD
- Eliminar estas cápsulas electorales por considerarlas antiperiodísticas: CRITERIO PERIODÍSTICO
La propuesta intenta fundir ambas corrientes, consideradas como antagónicas mediante una vía intermedia que considera los bloques y la proporcionalidad como adecuados, por tratarse de elementos objetivos con los que debe contar toda regulación; pero a la vez incluye una serie de factores correctores al modelo proporcional (criterio de igualdad) y obliga también al uso de criterios periodísticos en la cobertura de campañas electorales que no "desnaturalicen" el oficio de informar críticamente y de forma plural.
LA PROPUESTA VOLTAIRE NEGRO SOBRE BLANCO
1. Criterios
El periodista y por ende el medio de comunicación debe tomar la iniciativa a la hora de informar. La decisión sobre las cuestiones que hay que tratar debe marcarla el medio determinando los temas que se tratarán durante los catorce días que dure la campaña.
El periodista está al tanto de las preocupaciones del ciudadano y, basándose en los asuntos que interesan a la opinión pública y estando pendiente de la actualidad, elaborará sus informaciones interrogando a los partidos sobre las cuestiones que considere relevantes.
Corresponde a los medios de comunicación públicos y no a las formaciones políticas, ni mucho menos a la LOREG o a la JEC elegir los asuntos que centrarán los bloques electorales y demás espacios de información.
• La propuesta quedaría como sigue:
Partidos que se incluyen:
Los medios de comunicación incluirán en su información electoral aquellos partidos que tengan una representación mínima, es decir, que hayan superado en las elecciones equivalentes anteriores el 3% de los votos*.
*Excepcionalmente, en el caso de un partido de nueva creación que no haya participado en las anteriores elecciones equivalentes, se tendrá en cuenta el resultado obtenido por éste en comicios de ámbito superior, manteniendo el requisito de haber obtenido un porcentaje mínimo del 3% de los sufragios en el ámbito territorial en cuestión. La Junta Electoral Central ha avalado esta idea, tras haber obligado a RTVE incluir a UPyD y Podemos en el Plan de Cobertura de las Elecciones Andaluzas de 2015 .
Reparto de tiempos (para el bloque de información electoral):
• El 50% del tiempo se reparte por igual entre los partidos con una representación mínima
• El otro 50% del tiempo se reparte proporcionalmente en función del porcentaje de voto obtenido en las elecciones equivalentes anteriores.
2. Ámbitos de aplicación
Al hablar de información electoral nos referimos a tres ámbitos: el bloque de información electoral, las entrevistas y los debates.
• Información electoral
A la hora de elaborar la información electoral se utilizarán los criterios arriba citados: proporcionalidad e igualdad combinados con la iniciativa periodística.
El tiempo que se dedique a la información electoral deberá ser suficiente para que los mensajes de todos los partidos presentes en el bloque electoral se puedan explicar mínima y comprensiblemente. Es inaceptable, como pasa en numerosas ocasiones, que las formaciones minoritarias dispongan tan sólo de varios segundos al día. Atenta contra los criterios que defiende la LOREG.
• Entrevistas
Se ofrecerán entrevistas con todos los partidos que concurren a las elecciones y que, al igual que para la información electoral, hayan obtenido un porcentaje de voto mínimo (3%).
Habrá entrevistas durante todos los días de la campaña electoral en los programas informativos. La duración y el número de las entrevistas será igual para todas las formaciones políticas. Se antoja antiperiodístico dar más tiempo para las entrevistas a los partidos mayoritarios puesto que las cuestiones sobre las que se debe preguntar a cada formación (programas políticos), independientemente de otros asuntos que el medio considere oportuno, deberían ser las mismas. Es absurdo, por lo tanto, restringir el número de preguntas a las formaciones minoritarias y reducir el tiempo del que disponen para responder. Debe primar el criterio de igualdad.
Es conveniente que el medio abra la puerta a formatos de programa tipo "Tengo una pregunta para usted" que permiten que los ciudadanos interroguen directamente a los candidatos acerca de los asuntos que les interesan.
• Debates
Hay que incidir en la necesidad de hacer debates radiotelevisados entre los candidatos que concurren a unas elecciones políticas. El medio realizará debates en los que participen simultáneamente todas las fuerzas políticas.
Debido a las limitaciones de tiempo y lo extensos que pueden ser debates en los que participen varias personas, se programarán varias sesiones, cada una con temas y ámbitos diferentes.
En este caso, como en el de las entrevistas, primará el criterio de igualdad a la hora de repartir los tiempos.
Es preceptivo que el medio de comunicación realice tantos debates como haga falta, tratando las cuestiones fundamentales para la opinión pública: sanidad, educación, economía y empleo, política exterior...
MENTIRAS Y FALSAS CREENCIAS SOBRE LOS BLOQUES ELECTORALES.
La LOREG establece que la información electoral se organizará en bloques cuyo tiempo se repartirá de forma proporcional entre los partidos políticos en función del porcentaje de votos obtenidos en las anteriores elecciones equivalentes
• X Falso. La LOREG no menciona los bloques electorales. Lo único que comenta acerca de la información electoral aparece en su artículo 66 en el que habla de "respeto al pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y la neutralidad informativa en la programación de los medios de comunicación de titularidad pública" durante el período electoral.
La Junta Electoral Central es la encargada de elaborar en los medios de comunicación públicos los Planes de Cobertura de las campañas electorales y distribuir los tiempos.
• X Falso. Los Planes de Cobertura tienen que ser elaborados por los medios de comunicación.
Los medios de comunicación públicos entregarán a la Junta Electoral Central su Plan de Cobertura antes del inicio de la campaña electoral.
• X Falso. La LOREG no explica en ningún sitio que los "media" públicos tengan que presentar un Plan de Cobertura que deba ser aprobado por la Junta Electoral Central. Que se venga haciendo por costumbre no implica que legalmente se tenga que hacer.
La LOREG obliga a la celebración de entrevistas y debates electorales
• X Falso. Lamentablemente la LOREG no escribe ni una sola línea sobre la elaboración de entrevistas y debates en los "media" públicos. Es lamentable que un país democrático como España no haya celebrado debates radiotelevisados entre los principales candidatos en la campañas electorales de Elecciones Generales por un espacio de quince años. (No hubo debates de este tipo ni en 1996, ni en 2000, ni tampoco en 2004).
A este respecto expertos en la materia como Artemi Rallo, aseguran que «resulta indudable que los debates electorales constituyen el instrumento por excelencia de una idea constitucionalmente correcta de campaña electoral basada en la concurrencia no sólo formal sino cualitativa o material, en el contraste entre las diversas opciones electorales en términos de discusión, en el debate frente a la propaganda, en el diálogo frente al monólogo»
El tiempo del bloque electoral es suficiente para que los partidos minoritarios puedan expresar sus ideas de manera clara.
• X Falso. En numerosos casos se destina un tiempo insuficiente a los bloques electorales lo que, sumado al criterio proporcional estricto usado hasta el momento, hace que el espacio del que disponen los partidos minoritarios sea insuficiente para transmitir un mensaje comprensible.
Hay numerosos ejemplos de esto. En el bloque electoral de los Telediarios de TVE de las Elecciones Generales de 2011 en varios días sólo aparecieron PP y PSOE sin que se destinara ni un segundo a otros partidos.
En las últimas Elecciones Europeas RNE en la Rioja en sus dos horas de programación diaria sólo destinó 2 minutos a hablar de estos comicios. El reparto de tiempos era insuficiente, hasta el punto de que atentaba contra la inteligencia de los oyentes. RTVE presentó un Plan de Cobertura refrendado por la Junta Electoral de La Rioja que daba 4 segundos diarios a UPyD y 2 segundos a Izquierda Unida.
El sistema de bloques electorales existe en la mayoría de países europeos
• X Falso. El sistema de bloques electorales es una excepción en Europa. La mayoría de países vecinos del Viejo Continente no utilizan criterios cuantitativos estrictos en la distribución de tiempos de la información política. En Italia y Reino Unido, por ejemplo, para la cobertura informativa electoral, se toma como referencia la representación parlamentaria, pero ninguno de los dos países concreta dicha referencia con horquillas de distribución matemática del tiempo. La protección del pluralismo político se regula siempre con criterios cualitativos, es decir, no se incorpora ninguna obligación de cronometraje para el periodista.
SOBRE EL IMPULSOR DE PROPUESTA VOLTAIRE
Mi nombre es Jordi Tomas @jordiesporleri, soy mallorquín, periodista y actualmente trabajo en Radio Nacional en Logroño. Desde hace años siento una gran impotencia y frustración ante la cobertura de campañas electorales que llevamos a cabo los medios de comunicación públicos por considerarlas incompletas, castigadoras de las minorías y antiperiodísticas.