Entiendo la indignación de los profesionales de RTVE. Es cierto que con la composición aprobada los expertos designados por el PP (6) y C’s (1) tendrán mayoría en la comisión de expertos. Pero, ¿de qué estamos hablando de profesionales expertos que evalúan a otros profesionales o de representantes de los partidos, que filtran y ordenan los candidatos en función de intereses partidistas?
Parece que todo el mundo da por supuesto que esos expertos (¿catedráticos, profesores, periodistas, realizadores, técnicos, gestores?) no pueden ser independientes y que actuarán al dictado de los partidos que los designen para lograr, finalmente, una evaluación positiva para sus candidatos al Consejo y, sobre todo, a la presidencia.
Tenemos un problema y es que nadie se cree la independencia de los expertos, primero, y de los consejeros, después. Pareciera que lo de concurso es un paripé, una cortina de humo para que cada uno coloque a los suyos.
El sistema de nombramiento -tan chapuceramente establecido por la Ley 5/2017– combina la selección por competencia (curriculum y propuesta de un plan de gestión) con el consenso parlamentario. Los expertos evalúan. Las cámaras examinan y designan por la mayoría reforzada de 2/3 y de lograrse por mayoría absoluta, siempre que el candidato esté propuesto por la mitad de los grupos parlamentarios.
Lo que hay que exigir a la comisión de expertos es una evaluación independiente. Para ello es esencial que junto con la convocatoria del concurso se hagan públicos los baremos de evaluación, de modo que estos no se acomoden a posteriori al perfil de los candidatos.
Según el reglamento los expertos tienen que seleccionar 20 candidatos. ¿Simplemente aptos o no aptos? ¿Una lista con puntuaciones? En el primer caso, se dejaría más espacio para el reparto entre los grupos parlamentarios; en el segundo, el consenso parlamentario estaría condicionado por la evaluación técnica. En todo caso, la evaluación de cada candidato debiera de ir acompañada de un informe motivado.
La tentación del Decreto-Ley
En su entrevista en RTVE, Pedro Sánchez prácticamente anunció un Decreto-Ley si el reglamento del concurso seguía bloqueado en las Cortes. “El Gobierno -dijo- no va a mirar para otro lado”.
El cese de José Antonio Sánchez por cumplirse su mandato el día 22 deja a RTVE en una interinidad insostenible. Los consejeros rotarán en la Presidencia, pero sin las competencias ejecutivas del Presidente, que, de hecho, serán ejercidas por los directivos a los que el Presidente delegó competencias. Se anuncian dictámenes y recursos para que el Consejo actúe ejecutivamente, pero ello no evitará la paralización.
Aparentemente, se dan las razones de “extraordinaria y urgente necesidad” que justificarían un Decreto-Ley. Pero además de reunir las mayoría parlamentaria necesaria para su convalidación, el Decreto-Ley puede ser objeto de recurso de inconstitucionalidad por parte de 50 diputados o senadores.
La interinidad que siguió a la dimisión de Alberto Oliart fue invocada por Rajoy para justificar el Decreto-Ley 15/2012, declarado parcialmente inconstitucional el pasado diciembre. La sentencia del Tribunal Constitucional declara que no se da la la extraordinaria y urgente necesidad, supuesto habilitante que el art. 81.6 de la CE exige al Decreto-Ley, para cambiar la composición del consejo, reduciendo los consejeros de 12 a 9 y eliminado a los consejeros propuestos por los sindicatos. En cambio, sí admite que este presupuesto existe respecto del cambio del método de elección, en cuanto permitiendo la elección en segunda votación por mayoría absoluta del Presidente se podía resolver el bloqueo que ponía en riesgo el funcionamiento normal de RTVE.
De modo, que según esta doctrina, el Gobierno no podría ir más allá de resolver el supuesto bloqueo para la elección de la cúpula directiva. Pero ¿existe tal bloqueo? Dudoso. El reglamento está en el último paso de su tramitación parlamentaria, guste o no la composición de la comisión de expertos. Correspondería, entonces, su aplicación. Bloqueo no, procedimiento que lleva varios meses, sí.
No es ejemplar la negociación de que dan cuenta las crónicas periodística en base a ofrecer consejeros a las distintas fuerzas políticas. ¿La regeneración es la vuelta a las cuotas?
El todopoderoso presidente
Antes el Director General del Ente y luego el Presidente de la Corporación han sido siempre ejecutivos todopoderosos, en la medida que contaban con la aprobación gubernamental o con un amplio consenso parlamentario (2006-2012), que se traducía en una mayoría estable de apoyo en el Consejo. El sistema de concurso, si es que algún día llega a aplicarse, le daría todavía más poder, en cuanto que, además del consenso parlamentario, habría sido seleccionado por su méritos personales y por el proyecto de gestión presentado.
Si, como parece, el Decreto-Ley instaura una elección por consenso reforzado, lo decisivo será el nombre del Presidente. En el sistema de cuotas cada uno designará a los suyos y lo que se estará negociando es el Presidente, que difícilmente será “provisional”, salvo gestión catastrófica, cambio de composición parlamentaria o de gobierno.
¿Qué perfil debe tener el Presidente? En primer lugar, no debe ser un ejecutivo con intereses en el sector de las productoras. No a las puertas giratorias. No al bombeo de dinero público al sector privado.
La figura ideal debiera provenir del mundo de la comunicación, tener experiencia de gestión, visión de futuro y, sobre todo, autoridad, independencia contrastada y trayectoria de servicio público. No sé si existe ese mirlo blanco, pero si hay que elegir prefiero un personaje independiente capaz de seleccionar un eficaz equipo de gestores.
En fin, seguimos discutiendo si son galgos o podencos, sin adaptar, entre tanto, el servicio público a los cambios que el nuevo ecosistema informativo requiere.