Miércoles, Noviembre 13, 2024
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Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados y, en consecuencia:

  1. º Declarar inconstitucional y nula la disposición final primera del Real Decreto-ley 4/2018, de 22 de junio, por el que se concreta, con carácter urgente, el régimen jurídico aplicable a la designación del consejo de administración de la Corporación RTVE y de su presidente, con los efectos previstos en el fundamento jurídico tercero.
  2. º Declarar inconstitucional y nulo el apartado tercero, del artículo único del Real Decreto-ley 4/2018, de 22 de junio, por el que se concreta, con carácter urgente, el régimen jurídico aplicable a la designación del consejo de administración de la Corporación RTVE y de su presidente, con los efectos previstos en el fundamento jurídico cuatro c).
  3. º Desestimar el recurso en todo lo demás.

Sentencia

Publicado en Documentación RTVE

"Estamos todavía en estado de shock", admitía ayer un alto ejecutivo de una cadena, apenas 24 horas después de que el Tribunal Supremo anulara el último reparto de canales para la TDT realizado por el Gobierno Zapatero. Una sentencia que amenaza con dinamitar el sector audiovisual y abrir un nuevo frente en la relación entre las televisiones y el Ministerio de Industria, que ha tomado ya sus primeras medidas. "El Gobierno ha retirado el real decreto sobre el dividendo digital que tenía previsto estudiar el viernes en Consejo de Ministros. Incluso se había remitido al Consejo de Estado para que lo informara", explican fuentes del sector.

Sin embargo, el Ejecutivo ha preferido esperar a que se aclare el impacto de la sentencia del Supremo. La resolución declara nulo el acuerdo del 16 de julio de 2010 del Consejo de Ministros por el que se entregó un múltiplex completo -con capacidad para emitir cuatro canales convencionales- a Antena 3, Telecinco, Sogecable, Veo7, Net Televisión y la Sexta. El Alto Tribunal argumenta que la concesión no se ajustó a derecho al haberse realizado "sin la realización de concurso público". La peor interpretación arrebataría a los actuales propietarios nueve canales: tres al grupo Antena 3 (más la Sexta) y dos a Veo 7 (Unidad Editorial), Net TV (Vocento) y Telecinco-Cuatro, respectivamente.

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[El Economista]

Radio Televisión Española (RTVE) tendrá que hacer públicas sus cuentas. El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid ha confirmado la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), de 9 de junio de 2016, que instaba al ente a proporcionar, en 20 días hábiles, la última auditoría pública realizada por la Intervención General del Estado (IGAE) al ente público radioeléctrico. Es la primera vez que un juzgado obliga a RTVE a publicar el total de sus cuentas.

La sentencia, de 28 de febrero de 2016, rechaza el recurso interpuesto por RTVE, que alegaba que la resolución del organismo era incongruente y que la información solicitada no era una auditoría de cuentas, sino una auditoría de cumplimiento y una auditoría operativa.

La magistrada María Yolanda de la Fuente Guerrero, da la razón al CTBG que establecía que, de acuerdo con el artículo 8.e de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, "RTVE debe hacer públicas las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan".

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[El Mundo]

A La mañana de La 1 se le hace de noche en los tribunales. Los reveses de la Justicia en materia laboral no cesan para el programa de la cadena pública, más allá de sus luchas por la audiencia. Según ha podido saber EL MUNDO, el Juzgado de lo Social número 19 de Madrid ha reconocido a 15 profesionales "el carácter indefinido de la relación laboral" que mantienen con la corporación pública. La sentencia, frente a las tesis a favor de la temporalidad esgrimidas por la cadena, se fundamenta en que los trabajadores "fueron inicialmente contratados en fraude de ley, por lo que ya en ese primer momento les correspondía la condición de indefinidos".

El año pasado, el Juzgado de lo Social número 17 de Madrid expresó la nulidad del despido de 17 trabajadores con contratos temporales, fallo que obligó a la corporación a readmitirlos en La mañana de La 1 o en otros formatos de la televisión estatal.

Ambos grupos de demandantes de La mañana de La 1 comparten abogado, Jon Zabala, del despacho Iurisvox: "TVE vive desde hace años en una situación surrealista en materia de contratación. Tiene necesidades estructurales de personal que no puede cubrir con su personal fijo, lo que le lleva a contratar masivamente a trabajadores temporales en fraude de ley, utilizando contratos temporales de forma irregular para cubrir necesidades permanentes de empleo", explica Zabala a este periódico.

La cuestión ha explotado ya en el seno de RTVE, en concreto en el consejo de administración, su máximo órgano de gestión. Uno de sus miembros, Miguel Ángel Sacaluga (nombrado a propuesta del PSOE) había solicitado la relación de trabajadores convertidos en indefinidos, por lo que el asunto salió a relucir en la reunión del pasado miércoles. Enrique Alejo, director general corporativo, reconoció cómo 41 trabajadores de España directo han pasado a ser indefinidos por requerimiento de la Inspección de trabajo, para luego ser ubicados en distintas áreas, alguna tan crucial como la de Informativos. "Éste es un problema de mala gestión que está permitiendo engrosar la plantilla.Además, un 40% de los contratos temporales son de informadores, cuando no tenemos esa necesidad. Es más, algunos de los que firman esos contratos defienden al mismo tiempo que se haga un ERE", subraya Sacaluga.

 

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Sábado, 29 Marzo 2014 19:44

Improcedentes

Me piden un artículo sobre la sentencia que declara improcedente el despido colectivo de 861 personas. Debería ser fácil pero no lo es. Se mezclan demasiadas sensaciones y juicios personales que invalidan el pulso objetivo que se supone propio de un texto periodístico. Pienso qué debo decir, dónde contener mi opinión personal, en qué medida reflejar con precisión, pero sin incurrir en excesos, la larga cadena de decisiones que han conducido a esta situación. Llego a una conclusión: no puedo. No soy objetivo. Formo parte de la noticia. No sólo soy un testigo accidentado de los hechos, me afectan y me siento parte de un colectivo de cientos de personas. Corrijo: no sólo son personas, son compañeros y amigos, e incluso, sin ligarme una relación estrecha con algunas de ellas, si me vincula con todas la solidaridad y la comprensión de saber qué sienten y sufren.

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"Estamos todavía en estado de shock", admitía ayer un alto ejecutivo de una cadena, apenas 24 horas después de que el Tribunal Supremo anulara el último reparto de canales para la TDT realizado por el Gobierno Zapatero. Una sentencia que amenaza con dinamitar el sector audiovisual y abrir un nuevo frente en la relación entre las televisiones y el Ministerio de Industria, que ha tomado ya sus primeras medidas. "El Gobierno ha retirado el real decreto sobre el dividendo digital que tenía previsto estudiar el viernes en Consejo de Ministros. Incluso se había remitido al Consejo de Estado para que lo informara", explican fuentes del sector.

Sin embargo, el Ejecutivo ha preferido esperar a que se aclare el impacto de la sentencia del Supremo. La resolución declara nulo el acuerdo del 16 de julio de 2010 del Consejo de Ministros por el que se entregó un múltiplex completo -con capacidad para emitir cuatro canales convencionales- a Antena 3, Telecinco, Sogecable, Veo7, Net Televisión y la Sexta. El Alto Tribunal argumenta que la concesión no se ajustó a derecho al haberse realizado "sin la realización de concurso público". La peor interpretación arrebataría a los actuales propietarios nueve canales: tres al grupo Antena 3 (más la Sexta) y dos a Veo 7 (Unidad Editorial), Net TV (Vocento) y Telecinco-Cuatro, respectivamente.

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