El Tribunal Constitucional ha declarado contrario a la Constitución el decreto ley por el que el Gobierno nombró a Rosa María Mateo presidenta provisional de RTVE, al vulnerar el derecho fundamental a la participación ciudadana a través de los medios de comunicación.
El voto de calidad del presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, ha propiciado la aprobación de esta sentencia, dado que se había producido un empate a cinco entre los magistrados del alto tribunal.
Contra la resolución han presentado votos particulares cinco magistrados que no comparten que se haya vulnerado ningún derecho.
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición final primera del Real Decreto-ley 4/2018 por vulnerar el art. 86.1 CE. Ahora bien, los efectos de este pronunciamiento son meramente declarativos.
En la sentencia se afirma que se cuestiona la defensa del interés público atribuido a las Cortes Generales en general y, en particular al Senado, en el ejercicio de la función de control a la que se refiere el art. 20.3 CE, lo que
debe llevar a apreciar la infracción del límite material del art. 86.1 CE que había sido alegada por los recurrentes.
En consecuencia, el apartado tercero del art. único del Real Decreto-ley 4/2018 es inconstitucional y nulo. Los efectos de este pronunciamiento también son meramente declarativos.