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Viernes, 03 Diciembre 2021 19:12

Líneas de enmiendas al Proyecto de Ley General Audiovisual

Escrito por Ramón Zallo

En continuidad y concreción con el artículo publicado en verano en la revista de la Universidad Complutense Cuadernos de Información y Comunicación26, 149-160 (2021)[1] se apuntan algunos desarrollos temáticos en forma de esbozos de enmiendas[2] al Proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual- PLGCA en adelante-[3] (Consejo de Ministros de 30 de noviembre 2021) que, con algunos cambios, ha hecho definitivo la 2ª versión del Anteproyecto de Ley (de junio de 2021) .

El único cambio significativo[4] entre Anteproyecto y Proyecto y que resulta insatisfactorio,[5] es la Disposición Adicional 5ª de Promoción de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Tiene su interés la ampliación de la preexistente Disposición Adicional 3ª relativa a producción audiovisual realizada por mujeres  

Siendo las que se comentan propuestas de enmiendas, unas de más calado que otras y sabiendo que no agotan las que deberían formularse,[6] serán tales si las asumen los agentes políticos en tanto ya se entra en el debate parlamentario. Y son mejorables conforme avance el intercambio de ideas entre analistas, grupos sociales y políticos y la propia Administración.

Ciertamente estos esbozos de enmiendas modificarían sustancialmente el texto del Proyecto y son los partidos quienes -en función de convicciones, relaciones de fuerzas e intereses- podrán utilizarlas y modularlas. No es el terreno que nos toca. El nuestro es el del deber ser en un contexto; y palidecerá en la medida que el debate político se polarice en unas pocas cuestiones.

 Se han agrupado en tres claves temáticas: generales, autonómicas y lingüísticas.

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[1] Zallo, Ramón (2021). El anteproyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual: una guía crítica de lectura. Cuadernos de Información y Comunicación, CIC, 26, 149-160 (2021). https://doi.org/10.5209/ciyc.76070

[2] Para darles forma, corregirlas o matizarlas se requiere el concurso de juristas especializados.

[3]https://portal.mineco.gob.es/RecursosArticulo/mineco/ministerio/participacion_publica/audiencia/ficheros/210628-APL-Com-Audiovisual-2.pdf

[4] Asimismo, se modifica un artículo de la Ley General de Publicidad de 1988 mediante una nueva Disposición Final y se repite, en otra Disposición Final, la necesidad de un mandato– marco y un contrato programa para RTVE lo que ya venía en el art 53 a 55 del texto; recuerda, con varias Disposiciones Transitorias, que siguen vigentes algunas leyes mientras la nueva ley no entre en vigor.

[5] Tanto para el proponente del tipo de cambio (ERC) como para las asociaciones de defensa de las lenguas minoritarias de todo el Estado Español.

[6] No se abordan aquí campos significativos: la precisión en definiciones que abarquen servicios actuales y previsibles, la alfabetización mediática, las áreas de autorregulación, corregulación y códigos de conducta, comunicaciones comerciales, calificación por edades…temáticas todas ellas en las que la Asociación de Usuarios de la Comunicación que dirige Alejandro Perales propone muchos cambios pertinentes. Igualmente queda pendiente la revisión del régimen de sanciones. https://www.auc.es

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