El documento se ha aprobado a partir de la propuesta inicial de la Comisión Europea, y tras su paso por el Comité de las Regiones y por el Comité Económico y Social Europeo (en cuyo dictamen tuvimos ocasión de participar desde AUC).
El texto de la nueva Directiva ha de pasar de nuevo por la Comisión para ser ratificado y proceder a su publicación. Posteriormente, cada Estado miembro deberá incorporar a su ordenamiento jurídico una ley que recoja los principios de esta Directiva, teniendo en cuenta que se trata de una norma de mínimos y que los países podrán adoptar normas más estrictas para la mayoría de sus aspectos.
En los considerandos de la nueva Directiva, se hace referencia a los enormes cambios experimentados por el mercado de los servicios de comunicación audiovisual desde la Directiva inicial del 89, debido principalmente a la convergencia entre la televisión e internet. Aunque se reconoce que el consumo televisivo lineal, y los contenidos televisivos tradicionales, siguen dominando el tiempo de visionado, los hábitos de este visionado, especialmente entre los más jóvenes, han cambiado significativamente: servicios a petición, otras pantallas (dispositivos portátiles), nuevos formatos (videos cortos, contenidos generados por los usuarios), etc.
La nueva Directiva pretende, en ese sentido, acercar el marco jurídico a la realidad del nuevo mercado de las comunicaciones electrónicas, logrando un equilibrio entre el acceso a los contenidos, la competencia en el mercado audiovisual y la protección de los consumidores y usuarios.