Viernes, Noviembre 22, 2024
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La normativa europea prevé la existencia de autoridades reguladoras nacionales independientes, dotándolas de misiones, objetivos y competencias concretas. No obstante, las competencias de las comisiones en España son más amplias que las requeridas por la normativa europea, en lo referente a la política sectorial, la concesión y revocación de títulos habilitantes para el ejercicio de determinadas actividades, el asesoramiento al Gobierno y el estudio e investigación de los sectores.
Por ello, el objeto de esta Ley es la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que agrupará las funciones relativas al correcto funcionamiento de los mercados y sectores supervisados por la Comisión Nacional de Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de la Competencia, el Comité de Regulación Ferroviaria, la Comisión Nacional del Sector Postal, la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria y el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales.

Extracto de la ley

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La CNMC ha publicado el Informe sobre el cumplimiento de las obligaciones de servicio público por la Corporación Radio y Televisión Española y su financiación del año 2018. La CRTVE está sometida a una gran variedad de obligaciones de servicio público, muchas de las cuales no siempre son visibles para la ciudadanía, puesto que no conllevan la emisión de un contenido concreto. Sin embargo, en opinión la Comisión, su imposición condiciona de manera importante su estrategia, suponiendo un gran esfuerzo en términos de presupuesto y de recursos dedicados, como puede ser la cohesión territorial. Estas obligaciones intangibles, que no exigen un resultado determinado para su cumplimiento, deben en todo caso estar presentes de manera transversal en toda la programación de la CRTVE. Dentro del elenco de estas misiones se podría destacar el respeto y fomento de los derechos constitucionales, la igualdad, los valores sociales, etc. Por otro lado, la CRTVE debe dar cumplimiento a obligaciones de otra índole sobre las que interesa, a continuación, destacar las conclusiones alcanzadas en el análisis efectuado por la Comisión.

El sistema de financiación con el que cuenta la CRTVE, deja poco margen de actuación al prestador público para la obtención de recursos adicionales dentro de sus limitaciones de servicio público. No obstante, la venta de contenidos, especialmente a nivel internacional, es un ámbito donde la CRTVE debe seguir realizando esfuerzos para, como ha sucedido en este ejercicio, sea una fuente relevante de financiación a la vez que le permite dar cumplimiento a otras obligaciones de servicio público como pueden ser la difusión de la cultura española, el reforzamiento de la imagen de la industria audiovisual nacional, etc. Por ello, esta Comisión anima a la CRTVE a seguir en la senda iniciada en este ejercicio en el ámbito de la internacionalización de sus contenidos. Desde el punto de vista de la inversión interna de la CRTVE en sus distintas unidades, esta Comisión considera necesario el fortalecimiento de las inversiones en el ámbito digital y radiofónico. Estas dos unidades deben seguir la tendencia positiva de inversión iniciada en este ejercicio para que puedan ofrecer una programación más diversa y atractiva para el público.

Informe

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Emelina Fernández Soriano / Juan Torres López 

¿Nos parecería bien que, en aras de la libertad de empresa, un productor de chucherías infantiles vendiese en la puerta de los colegios caramelos que creasen adicción al alcohol, al café o a cualquier otra sustancia de consumo nocivo, sin advertir de su peligro? Y, sobre todo, ¿admitiríamos que siguiera haciéndolo si eso estuviera prohibido por la ley?

¿Por qué, entonces, consentimos en España que otra industria, la audiovisual, pueda emitir cualquier tipo de contenido, conociendo el impacto tan grande que sus medios tienen sobre nuestras mentes y si, además, hay leyes que lo prohíben?

La influencia decisiva de los medios de comunicación en la conformación de la conciencia social, la opinión pública y las preferencias ciudadanas es bien conocida. En nuestra época, el 65% de las personas somos aprendices visuales y un 30% verbales, lo que da idea del enorme poder de control sobre nuestras mentes que tiene la industria audiovisual en un país, como el nuestro, en el que hemos llegado a estar viendo televisión más de cinco horas diarias de media en marzo de 2020, y cuatro horas y seis minutos durante todo el año.

Si el editor de la página de opinión del Wall Street Journal, Robert L. Bartley, podía afirmar hace años que se necesitan 75 editoriales para aprobar una ley, hoy día sabemos, y es un lugar común, que los medios audiovisuales condicionan nuestros gustos, las pautas de consumo e incluso las preferencias políticas de la población. Y, por esa razón, en las democracias más asentadas del planeta hay algún tipo de autoridad independiente que controla a esos poderosos controladores de mentes (en Estados Unidos desde 1934, en Alemania desde 1987 y en Francia desde 1989), para evitar que los medios se salten las leyes o que difundan producción audiovisual que atente contra los valores que sostienen la democracia y nos permiten vivir con respeto y en libertad.
España, sin embargo, es el único país de la Unión Europea donde no existe esa autoridad independiente, salvo en Andalucía y Cataluña donde hay Consejo Audiovisual. Y lo más lamentable de nuestra situación no solo es que carezcamos de autoridad del audiovisual sino que incumplimos nuestras propias normas y compromisos así como la directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Unión Europea.

Artículo completo en CTXT

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[VERTELE]

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha comenzado a ejercer de forma efectiva determinadas funciones en materia audiovisual transferidas por la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y por la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, según la orden del Ministerio de Presidencia publicada el sábado, 28 de noviembre, en el Boletín Oficial del Estado.

En concreto, la Ley 3/2013, de 4 de junio, encomendó al Departamento que dirige José Manuel Soria la recepción de las comunicaciones de inicio de actividad de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual, así como la llevanza del Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, funciones que se suman a las que ya tenía encomendadas dicho Departamento en materia audiovisual de ámbito estatal.

Asimismo, la citada ley establece que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia desempeñará las funciones que deban traspasarse a los departamentos ministeriales hasta el momento en el que los departamentos dispongan de los medios necesarios para ejercerlas de forma efectiva.

Ver disposición del BOE

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[Infolibre]

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha decidido sancionar con 324.000 euros a Mediaset por "publicidad encubierta" por la emisión de un microespacio de salud en el programa Sálvame diario. Competencia sostiene que este modelo de publicdad alcanza una "especial gravedad" cuando se trata de temas de salud. Mediaset dispone de dos meses para recurrir la sanción.

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[teinteresa.es]

La subdirectora de audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Julia López, ha asegurado este lunes que su organismo "agotará la vía del diálogo" con las televisiones antes de aplicar sanciones por el incumplimiento del horario infantil.

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Jueves, 10 Noviembre 2016 11:38

¿La información de TVE es objetiva?

[El País]

Una cuarta parte de los espectadores (el 24,9%) considera que los informativos de Televisión Española no son objetivos, según los resultados de una encuesta elaborada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Frente a esta valoración negativa, un porcentaje similar (23,9%) cree que sí son objetivos. Y en el caso de los espectadores habituales de los informativos de La 1, La 2 y el Canal 24 Horas el nivel de objetividad percibido se incrementa hasta el 45,4%, mientras que el 15,3% mantiene lo contrario.

Por tramos de edad, son las personas de 65 o más años quienes tienen una percepción de mayor objetividad de los informativos de la televisión pública. En el lado contrario, son los más jóvenes los que tienen una mayor desafección hacia estos contenidos, ya que solo un 25% de los que tienen entre 16 y 24 años declara ser espectador habitual de los informativos de RTVE.

 

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[El diario.es]

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido incoar un expediente sancionador a RTVE por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones en sus canales de televisión de La 1 y La 2.

Según ha informado hoy la CNMC, las infracciones detectadas tuvieron lugar en marzo de este año en los dos canales de la televisión pública.

Ha recordado que, el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual establece que "para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj".

Además, la ley subraya que los "contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial".

La CNMC ha señalado que la incoación de este expediente "no prejuzga el resultado final de la investigación" y ha explicado que RTVE dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones.

Ahora se abre un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y resolución por parte de la CNMC.

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[Expansión]

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dictado una resolución por la que obliga a RTVE a soportar los costes de la devolución a las 'telecos' de las garantías que aportan para la suspensión del pago de las liquidaciones por la tasa de financiación a RTVE.

En la resolución, el organismo regulador desestima un recurso de alzada interpuesto por RTVE contra la decisión del pasado 3 de noviembre de 2015 de la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual, del Ministerio de Industria, que reclama a la corporación pública que asuma la restitución a las 'telecos' no solo de los ingresos que hicieron por la tasa y que han sido declarados indebidos por la CNMC, sino también de los costes de las garantías depositadas por las operadoras y los intereses devengados.

En virtud de esta consideración del Gobierno, RTVE tiene que devolver a Telefónica 235.714 euros por los costes de las garantías que aportó para que le congelaran el ingreso de liquidaciones complementarias de varios ejercicios.

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La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado su segundo informe sobre el grado de cumplimiento de las obligaciones de servicio público de la Corporación de Radio y Televisión Española (CRTVE) correspondiente a los ejercicios 2015 y 2016.

En este análisis bianual la CNMC ha centrado su labor de verificación en el cumplimiento de las obligaciones que tienen que ver con los contenidos que RTVE emite a través de sus plataformas de distribución: televisión, radio y servicios online. Para ello, ha revisado los datos de programación, emisión y adquisición de contenidos audiovisuales ofrecidos por el operador público.

Sistema de financiación

El informe destaca que en el año 2016 la CRTVE alcanzó, por primera vez desde la instauración de su modelo de financiación actual, un resultado positivo en sus cuentas fruto, principalmente, del aumento en la partida que tiene asignada a través de los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

Sin embargo, la CNMC concluye, tal como advirtió en el informe 2014, que el sistema vigente continua sin garantizar la estabilidad financiera necesaria para una adecuada prestación del servicio público.

Pluralismo informativo

Por otro lado, la CNMC ha realizado un análisis cuantitativo similar a la que llevan a cabo otros reguladores nacionales europeos para evaluar la obligación de pluralismo informativo. Entre otros resultados, durante el período 2015 los informativos de TVE otorgaron a las formaciones políticas más de 55 horas de tiempo de palabra, de las cuales casi el 37% correspondieron al Gobierno, el 20% al partido en el Gobierno y el 43% restante se asignó a la oposición.

En el ejercicio 2016 la representación del partido en el Gobierno y del propio Gobierno se redujo de un 57% que obtuvo en el año 2015 al 40% en el año 2016.

En cuanto al análisis de la programación, la prioridad de la CNMC ha sido evaluar qué tipo de programación ha sido emitida, dónde y cuándo, así como los costes que ha generado y, en última instancia, cuántas personas han accedido a ese contenido. Los resultados obtenidos reflejan que el género informativo en radio y televisión copó un 25% del total de las emisiones. Respecto a la programación infantil, Clan TV ofreció una programación variada y diversificada por rangos de edad que consiguió alcanzar el liderazgo de audiencia, y ello pese a ser la cadena a la que se dedicó un menor esfuerzo económico.

Importante descenso en la emisión de contenidos culturales

Como dato negativo reseñar la evidente necesidad de un mayor compromiso por la cultura por parte de la CRTVE. Este género fue el más relevante en la radio pública en los ejercicios 2015 y 2016, si bien, se aprecia una destacable bajada en inversión y emisión de contenidos culturares en todos los canales televisivos respecto a los datos obtenidos en 2014 y, en especial, en los canales generalistas.

En concreto, en La 1 descendió de un 15% en 2014 a un 2,1% en 2016 y, La 2, canal eminentemente cultural, pasó de registrar un 64% a un 48%.

Cumplimiento de las obligaciones de servicio público

En términos generales, la CNMC concluye que, a lo largo de los años 2015 y 2016, la CRTVE ha cumplido con las obligaciones de servicio público encomendadas por la normativa sectorial.

En todo caso, la CNMC realiza una serie de recomendaciones para mejorar el cumplimiento de las obligaciones de Servicio Público, como son garantizar la pluralidad, veracidad, objetividad e imparcialidad de la información; evitar cualquier tipo de injerencia que pueda percibirse como una falta de independencia del medio público; progresar en el cumplimiento de objetivos de accesibilidad previstos en la normativa; continuar apostando por la información como eje fundamental de su programación o aumentar la emisión de contenidos culturales y educativos.

Recomendaciones

Garantizar la pluralidad, veracidad, objetividad e imparcialidad de la información debe seguir siendo uno de los objetivos prioritarios de la CRTVE, evitando cualquier tipo de injerencia que pueda percibirse como una falta de independencia del medio público.
Progresar en el cumplimiento de objetivos de accesibilidad previstos en la normativa. La CRTVE debe liderar el desarrollo de contenidos que difundan una imagen adecuada de las personas con discapacidad, que fortalezca sus derechos e impulse su inclusión social.
Mantener la apuesta por la información como eje fundamental de su actividad programática.
Mejorar los índices de emisión de contenidos culturales y educativos en el ámbito televisivo.
La cultura debe constituir un elemento diferenciador de la cadena pública respecto del resto de agentes en el mercado. Por ello, debe estar presente en la programación de la CRTVE y en todas sus plataformas de distribución de una manera destacada.
Fomentar un consumo multiplataforma de sus contenidos.
Proseguir en el esfuerzo de llegar a toda la ciudadanía en términos de diversidad programática, rentabilidad social y audiencia.

 

Informe

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