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Lunes, 14 Marzo 2011 16:44

La Comisión lleva a Francia y España al Tribunal por los «impuestos sobre las telecomunicaciones»

Por su interés, reproducimos un comunicado del departamento de Prensa de la Comisión Europea, con fecha 14 de Marzo de 2011.

La Comisión Europea ha decidido hoy llevar a Francia y España al Tribunal de Justicia de la UE, porque siguen imponiendo tasas específicas sobre el volumen de negocios de los operadores de telecomunicaciones, lo que infringe el Derecho de la UE. Tanto en España como en Francia se introdujeron esas tasas cuando esos países decidieron poner fin a la publicidad de pago en sus televisiones públicas.

La Comisión considera que estos «impuestos sobre las telecomunicaciones» son incompatibles con las normas de la UE en materia de telecomunicaciones, que disponen que las tasas específicas cobradas a los operadores de telecomunicaciones estén relacionadas directamente con la cobertura de los costes de regular el sector de las telecomunicaciones. En octubre de 2010, la Comisión emplazó a las autoridades francesas y españolas a suprimir esos «impuestos sobre las telecomunicaciones» (IP/10/1211), pero siguen estando vigentes. La Comisión también ha incoado un procedimiento de infracción contra Hungría por otro de estos «impuestos sobre las telecomunicaciones» (véase IP/11/308).

En opinión de la Comisión, las tasas impuestas por Francia y España al efecto de compensar la pérdida de ingresos en concepto de publicidad de pago en los canales de televisión públicos son incompatibles con las normas de la UE en materia de telecomunicaciones. De conformidad con el artículo 12 de la Directiva relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (2002/20/CE), se pueden imponer tasas a los operadores de telecomunicaciones únicamente para sufragar determinados costes administrativos y reglamentarios (principalmente las  autorizaciones y las funciones de reglamentación) y las tasas deben ser objetivas, transparentes y proporcionadas.

Francia

La tasa francesa sobre los operadores de telecomunicaciones se impuso en marzo de 2009 después de la decisión del Gobierno francés de poner fin a la publicidad de pago en los canales públicos de televisión. Esta tasa se cobra a los operadores autorizados de telecomunicaciones que prestan servicios en Francia, los cuales deben pagar el 0,9 % de sus ingresos totales superiores a la cifra de cinco millones de euros recibidos de los abonados. Se calcula que los ingresos anuales de la nueva tasa, que se abona al Tesoro francés, ascienden aproximadamente a 400 millones de euros. Los operadores sujetos a la tasa la han ido pagando a plazos mensuales desde su introducción.

España

Una ley de financiación del ente público español de radiodifusión RTVE entró en vigor en septiembre de 2009 e impuso una tasa del 0,9 % sobre los ingresos brutos de los operadores de telecomunicaciones para compensar la pérdida de ingresos procedentes de la publicidad de pago sufrida por dicho ente. En octubre de 2010, los operadores de telecomunicaciones hicieron los primeros pagos a la CMT, la autoridad reguladora nacional de las telecomunicaciones. Se preveían unos ingresos de unos 230 millones de euros en concepto de esta tasa en 2010.

Antecedentes

El 20 de julio de 2010, la Comisión declaró los nuevos regímenes de financiación de los entes públicos de televisión de Francia y España, France Télévisions (IP/10/979) y RTVE (IP/10/978), compatibles con las normas sobre ayudas estatales. Estas decisiones en materia de ayudas estatales se supeditaban a su compatibilidad con las normas de la UE en materia de telecomunicaciones y, en especial, la Directiva de autorización (2002/20/CE).

Las normas de la UE sobre telecomunicaciones, en especial el artículo 12 de la Directiva de autorización (2002/20/CE), establece disposiciones precisas sobre las tasas administrativas que pueden imponer los Estados miembros a los operadores autorizados a proveer servicios y

redes de telecomunicaciones. Las tasas cobradas a los operadores de telecomunicaciones solo puede sufragar determinados costes administrativos y de regulación. Al mismo tiempo, deben ser objetivas, transparentes y proporcionadas, así como reajustarse cuando proceda. También se debe consultar oportunamente a las partes interesadas sobre cualquier modificación de esas tasas.

Página web de la Agenda Digital:

http://ec.europa.eu/information_society/digital-agenda/index_en.htm

Un panorama de los procedimientos de infracción en materia de telecomunicaciones se puede consultar en:

http://ec.europa.eu/information_society/policy/ecomm/implementation_enforcement/infringement/

Para conseguir más información sobre los procedimientos de infracción de la UE, véase MEMO/11/162.

 

icon Descargar La comision lleva a Francia y España al tribunal por los impuestos sobre las telecos.pdf (128.88 kB)

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