¿Qué colectivos pueden solicitar el de derecho de acceso?
El Consejo de Administración de RTVE ha establecido unas directrices donde se recogen los requisitos que deben cumplir los grupos sociales y políticos significativos : Corporación RTVE directrices básicas del derecho de acceso.
No obstante y dado que esté criterio es excesivamente amplio, se han establecido unos requisitos adicionales para poder ordenar los tiempos o espacios asignados según el grado de significación o implantación social de los grupos que soliciten el derecho de acceso.
Para el resto de organizaciones sociales se tendrán en cuenta como criterios prioritarios, el número de miembros, la declaración de utilidad pública y su pertenencia a Consejos y Federaciones de ámbito estatal y autonómico
¿Cómo podemos determinar el tiempo y horarios de emisión que corresponderá a cada colectivo?.
Por ahora, las directrices aprobadas por el Consejo de Administración de la Corporación RTVE establecen, con carácter general, que el tiempo concedido será proporcional al arraigo, implantación o reconocimiento social de cada grupo.
Son las Direcciones de TVE y RNE quienes tienen competencia para fijar y concretar cómo se insertan en la programación los espacios y tiempos concedidos.
En cualquier caso, la Dirección del medio está obligada a notificar su resolución a los interesados y elaborar un informe motivado cuando la solicitud de un grupo sea desestimada. En ese momento se abriría un plazo de 15 días para presentar recurso ante el Consejo de Administración.
Hay que tener en cuenta que la regulación que se está llevando a cabo es provisional. El reglamento que ahora se aplica deberá ser revisado cuando se cree el Consejo Audiovisual, que actuará como instancia superior en caso de desacuerdo.
Entretanto, la experiencia que aportará la puesta en marcha de espacios y tiempos elaborados por los propios grupos sociales, será el mejor campo de pruebas para mejorar los procedimientos, la calidad de los contenidos y la propia rentabilidad social de la información.
¿Cuál es el procedimiento para solicitar el derecho de acceso?
El derecho de acceso lleva implantado ya algunos años en la Corporación RTVE, pero, en la práctica, su puesta en marcha está resultando más lenta de lo deseable.
En los numerosos contactos que mi trabajo me lleva a mantener con todo tipo de organizaciones y colectivos sociales o sindicales he comprobado la escasa o nula información que se tiene sobre el derecho de acceso o, en su defecto, el vértigo que a determinadas asociaciones les provoca enfrentarse con un espacio televisivo o radiofónico que no sabrían como gestionar y a estos factores se une la insuficiente publicidad que la propia Corporación RTVE realiza entre los potenciales interesados.
Afortunadamente, las dificultades para desarrollar una puesta en marcha efectiva del derecho de acceso se están superando poco a poco, de forma que cualquier grupo que se considere acreedor de un espacio televisivo, radiofónico, o incluso en la Web de RTVE puede solicitarlo mediante el formulario que la Corporación semestralmente publica en su página Web: SOLICITUD DERECHO ACCESO (Para los grupos políticos, sociales y significativos contemplados en el art. 3.1. del Reglamento de la CRTVE). Puede también descargarlo en este enlace
¿Hay ejemplos que permitan hacernos una idea de cómo funciona el derecho de acceso?
http://www.canalsur.es/portal_rtva/web/noticia/id/94327/seccion/544/Emplea2
Modalidades de ejercicio
Los grupos sociales que a los que la Dirección del medio reconozca su derecho de acceso al amparo de las Directrices y el reglamento que están en vigor, podrán hacerlo de dos formas :
- De manera global : lo que quiere decir que la Dirección de TVE , RNE y Servicios Interactivos garantizaría la participación de estos grupos en el conjunto de la programación de RTVE con arreglo a criterios de su representatividad e implantación social.
- De manera directa : mediante espacios específicos de una periodicidad determinada y que podrían admitir diferentes formatos, conforme a los criterios establecidos por el Consejo de Administración de la Corporación.
Para la realización de este tipo de espacios y formatos RTVE prevé contar con un panel de profesionales encargados de la elaboración de contenidos de acceso. Estos profesionales trabajarán en colaboración con los colectivos sociales a fin de coordinar los criterios profesionales con los fines sociales perseguidos por la asociación.
Las Directrices del Derecho de Acceso contempla también la posibilidad de que los colectivos puedan contratar, a sus expensas, parte o la totalidad de sus espacios con productoras externas, pero quedando a salvo el derecho de RTVE a rechazar el producto final cuando no se ajuste a los criterios profesionales y estándares de calidad fijados por la Corporación.
A modo de conclusión
RTVE pone en marcha el procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso de grupos sociales y políticos significativos.
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