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Miércoles, 28 Noviembre 2018 17:12

Nueva Directiva de servicios de comunicación audiovisual

Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), habida cuenta de la evolución de las realidades del mercado.

El pasado 28 de noviembre de 2018, se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2018/1808, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual. Es la llamada Directiva de servicios de comunicación audiovisual o AVMS por su acrónimo en inglés.

Directiva

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La directora general de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, Maite Arcos, considera que la Directiva de servicios de comunicación audiovisual, aprobada el 14 de noviembre de 2018, se ha quedado "corta" en el ámbito de Internet.
En España el plazo para presentar alegaciones en el marco del proceso de audiencia pública del anteproyecto de ley General de Comunicación Audiovisual finalizó el pasado 3 de diciembre.

La jefa de Asesoría Jurídica de la Federación de Organismos o Entidades de Radio y Televisión Autonómicos (FORTA), Carmen Marín, ha destacado la "función clave" de la autorregulación y la corregulación y ha añadido que es "prioritario" establecer ese marco, que permita "no tener una norma demasiado poco flexible" para poder acometer los cambios necesarios y permita a todos los actores implicados "poder avanzar en el desarrollo del modelo".

Noticia

 

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[Comisión Europea]

La Comisión Europea quiere recabar opiniones sobre las recomendaciones estratégicas del Informe Lamy sobre una estrategia a largo plazo para la futura utilización de la banda UHF (470-790 MHz) con el fin de adoptar una posición sobre el seguimiento que habría de darse a esas recomendaciones.

El informe del presidente del Grupo de alto nivel, Pascal Lamy, analiza cómo debería utilizarse en el futuro el escaso recurso del espectro en la banda UHF de teledifusión.

El informe se centra en una posición coordinada de la UE en las futuras conferencias mundiales de radiocomunicaciones para apoyar el marco europeo.
Propone que en la próxima Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de 2015 (CMR-15) la UE no apoye la asignación prioritaria de la banda de 470-694 MHz, que sería el único espectro disponible para la TDT, a los servicios móviles.

En la elaboración de una estrategia a largo plazo para la futura utilización de la banda UHF, la Comisión tendrá en cuenta lo siguiente:

- el Informe Lamy

- las aportaciones del Grupo de política del espectro radioeléctrico

- los estudios de la Comisión

- y las respuestas a la presente consulta.

Todos los cambios en el uso de la banda UHF afectarán al alcance y la calidad de la teledifusión y de los servicios móviles. Podrían suponer en el futuro la adaptación de equipos, como aparatos de televisión. 

Se busca las opiniones de:

los sectores de los servicios móviles y de teledifusión (incluidos los servicios de realización de programas y acontecimientos especiales - servicios PMSE); el sector universitario especializado; los ciudadanos, usuarios de televisión y/o servicios de banda ancha inalámbrica y asociaciones de usuarios.

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El Tribunal General de la Unión Europea (Sala Tercera) ha confirmado este viernes 11 la validez del sistema de financiación de Radio Televisión Española (RTVE) tras la eliminación de la publicidad como fuente de ingreso en el año 2009. Con esta decisión el tribunal desestima los recursos que presentaron Telefónica y Digital+ y confirma que este modelo se ajusta a la legislación comunitaria.

En sus sentencias dictadas este viernes (asunto T-151/11), el Tribunal General desestima ambos recursos en su totalidad. Los fallos rechazan "todos y cada uno de los motivos alegados por Telefónica y Digital+ en sus respectivos recursos, confirmando de este modo la compatibilidad del régimen de financiación de TVE introducido por la Ley 8/2009 con la normativa en materia de ayudas de Estado y, por lo tanto, con el mercado interior", según ha informado el Tribunal.

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[Infolibre]

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) confirmó hoy que el régimen de financiación de RTVE es compatible con la legislación comunitaria en materia de ayudas de Estado, al haber desestimado el recurso de DTS Distribuidora de Televisión Digital contra una sentencia anterior.

En la sentencia de este jueves, el tribunal europeo desestima el recurso de casación de DTS y confirma la sentencia del Tribunal General. Así, considera que el segundo estaba en lo cierto al estimar que las medidas fiscales no formaban parte del régimen de ayudas en favor de RTVE.

En este sentido, el TUE recuerda que el importe de la ayuda se fija de acuerdo con los costes netos relacionados con el cumplimiento de la misión de servicio público, por lo que los ingresos por las medidas fiscales no tienen ninguna influencia directa en la cantidad o en la concesión de la ayuda otorgada a RTVE.

Además, el Tribunal de Justicia subraya que una parte de los ingresos por el gravamen puede ser destinada a otros fines, como reasignarse a un fondo de reserva o al Tesoro Público. También destaca que la inaplicabilidad de las medidas fiscales no cuestiona la ayuda, puesto que el Estado debe completar la diferencia entre los ingresos y los costes para el cumplimiento de sus obligaciones de servicio público.

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Por su interés, reproducimos este artículo de la AUC, de fecha 10 de Junio de 2011

El hecho de que no pueda acreditarse la existencia de remuneración a una cadena no impide que un mensaje comercia puedas ser sea considerado publicidad televisiva, y por tanto estar sometido a las limitaciones legales en el ámbito audiovisual, como la que impide la publicidad encubierta.

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El 2 de octubre de 2018 el Parlamento Europeo aprobó en primera lectura su posición sobre la modificación de la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), habida cuenta de la evolución de las realidades del mercado.

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[Panorama Audiovisual]

La Oficina del Parlamento Europeo en España, en colaboración con la Academia de las Ciencias y las Artes de Televisión ha organizado este jueves en Madrid un seminario sobre las claves de la nueva Directiva Audiovisual Europea.

El ámbito de aplicación de la nueva Directiva se ampliará para incluir, por vez primera a las nuevas plataformas online como Netflix o Amazon Prime, a las que reclama que hasta un 20% de su catálogo sea de producción europea, una cifra que la Eurocámara quiere elevar hasta el 30%. Además, la propuesta exige a plataformas como YouTube que eliminen cualquier incitación a la violencia y al,odio y que se proteja a los menores de la pornografía.

Actualmente la normativa europea exige a las televisiones que más del 50% de los contenidos que emiten sean de producción europea. Por el contrario, las plataformas de vídeo a la carta dedican menos del 1% de sus ingresos a las producciones europeas.

Ángel García Castillejo ha intervenido en esta jornada como secretario de Televisión Abierta. Esta iniciativa nació el pasado noviembre conformada por operadores públicos y privadas, productores, la industria de equipos, y trabajadores a través de las organizaciones sindicales de cara a defender la accesibilidad a una televisión universal y gratuita.

Castillejo ha destacado que la Unión Europea es la región a nivel mundial que más audiencia de televisión congrega y más proyectos cinematográficas produce. El volumen de negocio anual es de unos 84.000 millones que representa algo menos del 20% del total del negocio generado por el conjunto de las industrias creativas y culturales.

Por otro lado, la señalado que en Europa, el 31% de la población recibe televisión a través de satélite; el 30%, por cable; el 5% por IPTV; y el 25% por Televisión Digital Terrestre.

“Sin embargo si bajamos a un nivel nacional encontramos casos como el español. En España, el 79% de la población recibe televisión de forma prioritaria a través de la TDT. Además, nos encontramos con una especificidad importante ya que se da la peculiaridad de que los abonados de la televisión de pago, el 68% de la audiencia procede de canales que se distribuyen a través de TDT. La televisión en abierto no es solo la plataforma líder de distribución sino que se ha convertido en el ámbito televisivo de mayor audiencia dentro de las televisiones de pago”, ha señalado.

Por otra parte, ha celebrado el acuerdo interinstitucional alcanzado en la Unión Europea de cara a garantizar el acceso al espectro de UHF en la banda sub-700 MHz para la radiodifusión terrenal al menos hasta 2030.

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Introducción

La propuesta de modificación de la Directiva 2010/13/UE sobre los servicios de comunicación audiovisual se encuentra en el tramo final de periodo de enmiendas (más de un millar), tras pasar por la Comisión de Medio Ambiente y pendiente del debate en la Comisión de Cultura del Parlamento Europeo.

Veremos cómo queda finalmente el texto de una iniciativa publicada por la Comisión en mayo de 2016 y que, en su preámbulo, se hace eco de la notable transformación que viene experimentando el ámbito audiovisual, debido fundamentalmente a la convergencia entre la televisión y los servicios de la sociedad de la información. Los usuarios acceden cada vez en mayor medida a los contenidos audiovisuales a petición a través de televisores híbridos o conectados, u otros terminales como los ordenadores, las tabletas y los móviles. Internet es también un canal preferente para el acceso a series y películas, especialmente entre los más jóvenes. De este modo, los propios prestadores del servicio de radiodifusión televisiva amplían su difusión no lineal, al tiempo que los operadores de telecomunicaciones consolidan sus ofertas “televisivas”.

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[Bez]

Miguel Angel Sacaluga

Cuando en 2009 el gobierno decidió, por fin, acometer la reforma del sistema de financiación de RTVE, eliminando la publicidad y los contenidos de pago y someter a aportaciones compensatorias a las operadoras de televisión y de telecomunicaciones, -como beneficiarias directas- muchas fueron las críticas desde el ámbito político, empresarial e incluso desde la propia dirección de RTVE, por considerarla ineficaz e ilegal. Pues ni lo uno, ni lo otro.

La mayor resistencia fue de las "telecos". Se negaban a pagar por algo -decían- que no tenía que ver con su actividad y alegaban la imposición de una tasa por operar cuando los servicios de telecomunicaciones están liberalizados en Europa. Recibieron el apoyo de la Comisaria europea de telecomunicaciones, de políticos de uno y otro signo e incluso de sectores del gobierno y del Partido Socialista con distintos argumentos. Eso sí, todos coincidían en una cosa: que el modelo no respetaba las normas de competencia comunitarias y, por tanto, iba a ser tumbado -sí o sí- por los tribunales europeos.

A pesar de todo, los objetivos se han cumplido: El sector privado ha subsistido, incluso con holgura y la CRTVE sobrevive a pesar de los brutales recortes y de no haberse aplicado estrictamente la ley. Se dirá -y con razón- que el sector se ha convertido en un práctico duopolio televisivo del mercado publicitario, pero eso tiene arreglo y, además, no es un problema del modelo de financiación de RTVE, sino de la LGCA y de la CNMC.

El tiempo y los tribunales europeos han confirmado que la reforma no sólo ha sido eficaz, también justa, legal y compatible con la normativa comunitaria. En la ley española -no en la francesa- la obligación de pago de las “telecos” no nace por el mero hecho de operar, nace cuando se prestan servicios de comunicación audiovisual con publicidad y en más de una Comunidad Autónoma. Hoy la participación de las operadoras de telecomunicación en el sector audiovisual no sólo es evidente sino creciente. Forma parte esencial de su negocio, posee gran parte del mercado audiovisual y controla los principales contenidos "premium", explotándolos con pago y publicidad.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pone fin a un largo proceso que dura ya siete años sobre la legalidad del modelo y, en especial, de las aportaciones de las “telecos”. En su día, el Comisario de Competencia, el español Joaquín Almunia, declaró la compatibilidad del sistema de financiación de RTVE con la normativa comunitaria en materia de ayudas de Estado. La Comisaría de telecomunicaciones de la señora Kröes -por cierto, en la prensa estos días por estar envuelta en asuntos “turbios”- decidió presentar denuncia contra la obligación de pago impuesta por Francia y España a las “telecos”. Los tribunales europeos fallaron primero el caso francés -con similitudes con el español- dando la razón a la República. La Comisaria, entonces, retiró la denuncia al Reino de España. Pero las operadoras privadas siguieron adelante. Fallo tras fallo, recurso tras recurso, los tribunales han rechazado sus pretensiones.La sentencia de este jueves pone fin definitivamente al litigio.

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